
La Asociación VALE pone a disposición un canal de denuncias confidencial y seguro, accesible las 24 horas del día, para que cualquier persona relacionada con la organización (personal, voluntariado, proveedores, familiares, etc.) pueda informar sobre posibles irregularidades o incumplimientos.
¿Para qué sirve el canal de denuncias?
Permite comunicar, de forma anónima o identificada, hechos que puedan suponer un incumplimiento ético o legal dentro de la entidad. Nuestro compromiso es garantizar la confidencialidad, la protección del informante y la imparcialidad durante todo el proceso.
¿Cómo gestionamos las denuncias?
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Recibimos y confirmamos la denuncia en un máximo de 7 días hábiles.
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Evaluamos su admisibilidad en un plazo máximo de 15 días.
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Si procede, iniciamos una investigación objetiva y confidencial.
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En un plazo de hasta 90 días naturales, elaboramos un informe con conclusiones y, si es necesario, aplicamos medidas correctivas.
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Informamos al denunciante del resultado, protegiendo siempre la privacidad de las personas involucradas.
Conoce nuestro protocolo de gestión de denuncias aquí.
¿Cómo puedo denunciar?
Haz clic en el siguiente enlace y cumplementa el formulario.

Antes de realizar tu denuncia, ten en cuenta que:
Tu denuncia siempre va a ser confidencial, es decir, no se va a mostrar quién eres. Se piden tus datos para poder pedirte más información o informarte del resultado de tu denuncia.

La denuncia tiene que ser hecha de buena fe, es decir, para que alguien de «Vale» deje de hacer algo malo o que la asociación mejore algo que no es justo o legal.
La denuncia no se puede hacer faltando al respeto o buscando hacer daño a nadie.
INFORMACIÓN RELEVANTE ANTE LA REMISION DE INFORMACIONES FALSAS O TERGIVERSADAS, ASI COMO AQUELLAS OBTENIDAS DE MANERA ILÍCITA
La buena fe, la conciencia honesta de que se han producido o pueden producirse hechos graves perjudiciales constituye un requisito indispensable para la protección del informante. Esa buena fe es la expresión de su comportamiento cívico y se contrapone a otras actuaciones que, por el contrario, resulta indispensable excluir de la protección, tales como la remisión de informaciones falsas o tergiversadas, así como aquellas que se han obtenido de manera ilícita.
Artículo 63. Infracciones
- Tendrán la consideración de infracciones muy graves las siguientes
acciones u omisiones dolosas:
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f) Comunicar o revelar públicamente información a sabiendas de su falsedad.
Artículo 65. Sanciones.
1. La comisión de infracciones previstas en esta ley llevará aparejada la imposición de las siguientes multas:
a) Si son personas físicas las responsables de las infracciones, serán multadas con una cuantía de 1.001 hasta 10.000 euros por la comisión de infracciones leves; de 10.001 hasta 30.000 euros por la comisión de infracciones graves y de 30.001 hasta 300.000 euros por la comisión de infracciones muy graves.
b) Si son personas jurídicas serán multadas con una cuantía hasta 100.000 euros en caso de infracciones leves, entre 100.001 y 600.000 euros en caso de infracciones graves y entre 600.001 y 1.000.000 de euros en caso de infracciones muy graves.
La remisión de información falsa puede tener graves consecuencias para el informante, ya que puede conllevar, en algunos casos, una pena de prisión de seis meses a dos años. Por lo tanto, es importante tener cuidado a la hora de remitir información mediante el Canal de Denuncias. Si no estás seguro de la veracidad de la información que tienes, es mejor no proporcionarla.